Lo que cuenta es lo que cobras ese año
El IRPF se calcula por años naturales, del 1 de enero al 31 de diciembre. Si empiezas a trabajar en septiembre, ese año solo tienes ingresos de cuatro meses, y el impuesto se calcula sobre ellos, no sobre un sueldo de doce. Lo mismo hace tu empresa con la retención: el procedimiento oficial toma lo que vas a cobrar durante el año (artículo 83.2 del Reglamento del IRPF), que en tu caso va desde el alta hasta el 31 de diciembre.
Pero hay un detalle clave: los importes fijos no se reparten por meses. El mínimo personal y familiar (5.550 €), los 2.000 € de gastos generales y la reducción por rendimientos del trabajo se aplican enteros aunque hayas trabajado solo unos meses. Por eso quien entra a mitad de año suele pagar poco o nada de IRPF ese primer año.
Ejemplo: 30.000 € brutos al año según el mes de entrada
Persona soltera, sin hijos, contrato indefinido, 12 pagas, sin otros ingresos:
| Entras en | Meses | Cobras ese año | IRPF del año | Retención |
|---|---|---|---|---|
| Septiembre | 4 | 10.000 € | 0 € | 0 % |
| Julio | 6 | 15.000 € | 0 € | 0 % |
| Mayo | 8 | 20.000 € | 2.035 € | 10,17 % |
| Enero | 12 | 30.000 € | 4.926 € | 16,42 % |
En los dos primeros casos el IRPF es cero porque, con tan poco ingreso en el año, la base del impuesto queda por debajo del mínimo personal y familiar. Al año siguiente, con los 12 meses, el mismo sueldo pasa a retener el 16,42 %. Puedes comprobar cualquier caso en la calculadora de sueldo neto, eligiendo el mes de entrada en «Afina tu caso».
El caso que sí sale a pagar: dos trabajos en el mismo año
Aquí está la trampa más habitual. Cada empresa retiene mirando solo lo que te paga ella. Pero en la renta se suman todos tus ingresos del año, y el impuesto sube porque la escala es progresiva.
Ejemplo: trabajas de enero a agosto con un sueldo de 24.000 € al año y entras en septiembre en otra empresa con 30.000 €.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Primera empresa (8 meses, retención del 13,51 %) | 16.000 € brutos · retiene 2.161,60 € |
| Segunda empresa (4 meses, retención del 0 %) | 10.000 € brutos · retiene 0 € |
| Impuesto real con los 26.000 € del año | 3.804 € |
| Total retenido | 2.161,60 € |
| Resultado en la renta | A pagar 1.642,40 € |
Para verlo en la calculadora: 30.000 € de bruto, entrada en septiembre, 16.000 € en «Bruto de otros trabajos» y 2.162 € en «IRPF que te retuvieron ahí».
Qué puedes hacer
- Pedir a la nueva empresa una retención mayor, por escrito, para ir adelantando lo que sabes que saldrá a pagar (ver cómo pedirla).
- Reservar el dinero: si sabes que la renta saldrá a pagar, aparta cada mes una parte de la nómina.
- Comprobar si estás obligado a declarar. Con más de un pagador el límite para tener que presentar la declaración baja bastante; consulta las cifras vigentes en la Agencia Tributaria.
- Revisar tu situación familiar y comunicarla con el modelo 145 cuando empieces.
Estimaciones con la escala general del IRPF, sin discapacidad ni otras circunstancias. El resultado real depende de tu comunidad autónoma, de tu situación familiar y de cómo calcule la retención tu empresa. Fuentes: Reglamento del IRPF (artículos 82 a 88), Ley del IRPF y guía de retenciones de la Agencia Tributaria.
Preguntas frecuentes
Si entro en septiembre, ¿pago el IRPF de los doce meses?
No. Tributas por lo que cobras ese año, desde el alta hasta el 31 de diciembre. Los importes fijos como el mínimo personal no se reducen por haber trabajado menos meses.
¿Mi empresa me retendrá poco al principio y mucho después?
Puede ocurrir: la retención se calcula con lo que cobrarás en el año natural. Al año siguiente, con el sueldo de 12 meses, el porcentaje suele ser mayor. Si tu nómina marca otro porcentaje, es el que debes usar en la calculadora.
¿Qué pasa si cambio de empresa durante el año?
En la renta se suman los ingresos de las dos. Cada empresa retiene mirando solo lo suyo, así que es frecuente que la declaración salga a pagar. Puedes pedir una retención mayor en la segunda para compensarlo.